La presente Política establece los principios y procedimientos para el funcionamiento del Canal de Denuncias de GEICAM, en cumplimiento de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, Reguladora de la Protección de las Personas que Informen sobre Infracciones Normativas y de Lucha contra la Corrupción.
GEICAM, en su compromiso por promover la transparencia, la ética y el cumplimiento normativo, ha implementado este Canal de Denuncias como una herramienta para que cualquier persona, tanto interna como externa a la organización, pueda informar de manera confidencial y segura sobre cualquier infracción normativa o conducta corrupta relacionada con las actividades de GEICAM.
El Canal de Denuncias tiene como objetivos:
La presente Política ofrece el máximo nivel de protección a las personas físicas que informen de:
Adicionalmente, el sistema interno de información también podrá emplearse para los siguientes fines:
Quedan por tanto excluidas del ámbito material de aplicación del sistema interno de información aquellas comunicaciones relacionadas con cuestiones estrictamente laborales o de políticas de recursos humanos o relacionadas con el desempeño profesional. En esos casos, el asunto se derivará, si así corresponde, al Departamento de Recursos Humanos.
Asimismo, el proceso de notificación de comunicaciones a través del sistema interno de información no deberá ser utilizado para informar de eventos que presenten una amenaza inmediata para la vida o la propiedad. Cuando se requiera asistencia de emergencia, deberá comunicarse la situación a los servicios de emergencia.
El Canal de Denuncias está disponible para cualquier persona que tenga conocimiento o sospecha de una infracción normativa o conducta corrupta relacionada con las actividades de GEICAM, incluyendo, pero no limitado a:
GEICAM garantiza la confidencialidad y la protección de las personas que realicen denuncias de buena fe. En ese sentido:
Adicionalmente, el informante podrá solicitar la celebración de una reunión presencial para presentar la comunicación de forma verbal; la reunión solicitada deberá celebrarse dentro del plazo máximo de siete días desde la solicitud.
El órgano de administración de GEICAM ha designado como Responsable del canal de denuncias al Comité Ético de GEICAM, que a su vez ha designado como Instructor del Canal de Denuncias al Departamento Legal de GEICAM.
GEICAM promoverá la difusión de esta Política a todos los miembros de la organización y proporcionará formación y orientación sobre el uso adecuado del Canal de Denuncias. Asimismo, se fomentará una cultura de integridad, ética y cumplimiento normativo en toda la organización.
Esta Política será revisada periódicamente para asegurar su eficacia y adecuación a los cambios normativos y organizativos. Cualquier modificación significativa será comunicada de manera oportuna a todos los interesados.
El incumplimiento de esta Política por parte de cualquier miembro de GEICAM podrá resultar en medidas disciplinarias, de acuerdo con las políticas y procedimientos internos de la organización, así como en las sanciones previstas por la legislación aplicable.
GEICAM reafirma su compromiso con la integridad, la ética y la transparencia, y promueve la utilización responsable del Canal de Denuncias como una herramienta
Última revisión noviembre 2023